LA NUEVA LEY DE VIVIENDA APROBADA ESTE AÑO, TAMBIÉN CONTEMPLA ELIMINAR EL IPC.

TAMBIÉN SE DARÁ TRASLADO AL CASERO DE PAGAR LOS HONORARIOS DE LA INMOBILIARIA.

LIMITAR EL IPC. Ley vivienda.

En esta nueva ley de la vivienda, el limite de la actualización anual del alquiler eliminando el IPC. Tal y como se indica en la disposición final 6º de la misma ley, la actualización de los precios de los alquileres dejará de estar vinculada al IPC y se actualizarán de la siguiente manera:

IMPORTANTE A TENER EN CUENTA SI TIENES QUE ALQUILAR, O ALQUILAS.

Durante este año 2023, la actualización del precio del alquiler será de un máximo de un 2%, durante el año que viene en 2024 las actualizaciones de los alquileres se verán limitadas a un máximo de un 3%. Y a partir del año 2025, justo en enero se cree un nuevo índice de referencia por el cual se actualizarán todos los alquileres que será más estable e inferior al IPC.

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QUÉ EXCEPCIONES EXISTIRÁN.

Pues por ejemplo, en el caso que el arrendador no sea un gran tenedor el incremento de la renta será el que resulte del nuevo pacto entre las partes. Y si no existe pacto entre partes, se subirá la renta pero no podrá exceder del resultado de aplicar la VARIACIÓN ANUAL del ÍNDICE de GARANTÍA DE COMPETITIVIDAD a fecha de la actualización. O bien un 3% a partir del próximo año. Y/o en el caso de que sea un gran tenedor, el incremento de la renta será el que resulta del nuevo pacto entre las partes sin que la variación anual de la renta pueda exceder el 2% o el 3% indicado según el año.

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EL CASERO PAGARÁ LOS HONORARIOS DE LA INMOBILIARIA.

Esta nueva normativa contempla en el Apartado 1 del Artículo 20 que «los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador».

El inquilino seguirá pagando la fianza y la garantía adicional a firmar un nuevo contrato de alquiler.

 

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